La destitución de consejeros del IEM por el INE, inyecta presión al organismo al poner en vilo tareas esenciales previas al arranque del proceso electoral local
Patricia Monreal
El Instituto Nacional Electoral (INE) determinó la tarde del viernes 19 de junio, por mayoría de ocho de los once integrantes de su Consejo General, destituir a cuatro consejeros del Instituto Electoral de Michoacán (IEM), que sumados a una consejera que renunció en la víspera, dejan fuera a cinco de los siete integrantes del máximo órgano de decisión del instituto.
La omisión del Congreso del Estado de cumplir con las atribuciones que la ley le confiere ha generado en Michoacán una situación de tensión grave para la conducción del proceso electoral local, cuyo inicio está previsto para la primera quincena de septiembre, cuando comenzará la organización de los comicios para renovar la gubernatura, las diputaciones y los 112 ayuntamientos.
Los integrantes de la LXXVI Legislatura omitieron designar en tiempo y forma a la persona titular del Órgano Interno de Control del IEM. Ante ello, el Consejo General acordó en junio de 2025 nombrar a un encargado de despacho que atendiera los asuntos pendientes mientras el Congreso cumplía con esa responsabilidad. Dicho encargado ejerció funciones durante diez días, hasta que el Poder Legislativo realizó la designación correspondiente.
La decisión del Consejo General del IEM fue impugnada por el ciudadano José Manuel Guerrero Rascón, quien argumentó que los consejeros asumieron una competencia que, constitucional y legalmente, corresponde exclusivamente al Congreso del Estado. El procedimiento, registrado en el INE bajo el expediente UT/SCG/PRCE/JMGR/JL/MICH/18/2025, derivó en la remoción del presidente del Instituto, Ignacio Hurtado Gómez, así como de los consejeros Juan Adolfo Montiel Hernández, Marlene Arisbe Mendoza Díaz de León y Claudia Marcela Carreño Mendoza.
La resolución provocó fuertes reacciones de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial del Estado, así como de los partidos políticos. Mientras PAN y PRI señalaron a Morena como artífice de lo ocurrido para controlar al organismo electoral, el aparato de la Cuarta Transformación acusó que la determinación del INE “vulnera la estabilidad democrática de Michoacán”.
Aún falta conocer el contenido íntegro de la resolución del INE más allá de la remoción de los consejeros, particularmente para saber si contempla algún mecanismo que permita atender tareas prioritarias que tiene el IEM no sólo de cara al proceso electoral, sino también aquellas relacionadas con actividades que realiza de manera regular y que precisan de la validación del Consejo General para cristalizarse.
Debido a la ausencia de cinco de los siete consejeros, el Consejo General del IEM queda imposibilitado para sesionar, ya que las consejeras Carol Berenice Arellano Rangel y Selene Lizbeth González Medina, que permanecen en funciones, no constituyen la mayoría requerida para celebrar sesiones.
El artículo 33 del Código Electoral del Estado establece que para que el Consejo General pueda sesionar “será necesario que estén presentes la mayoría de sus integrantes con derecho a voto, entre los que deberá estar su presidente».
De acuerdo con lo estimado por el consejero Jorge Montaño Ventura durante la sesión del Consejo General del INE, la designación de los cinco nuevos consejeros del IEM estaría concluida el cinco de septiembre, es decir, apenas unos días antes del inicio del proceso electoral local en Michoacán.
Para entonces, el organismo electoral tendría que haber concluido diversas tareas fundamentales. Una de las más importantes es la integración de sus 116 órganos desconcentrados, responsables de organizar la elección en los 24 distritos electorales locales y los 112 municipios del estado.
Durante el proceso electoral local 2023-2024, el Consejo General aprobó la convocatoria para integrar dichos órganos en junio de 2023 y concretó su conformación en noviembre del mismo año. Trasladado al proceso electoral 2026-2027, la convocatoria correspondiente tendría que emitirse este mismo mes; sin embargo, ello no será posible debido a la imposibilidad del Consejo General de sesionar.

Otra tarea prioritaria que quedará suspendida es la realización de las consultas sobre acciones afirmativas, mediante las cuales se definirán los criterios que deberán observar los partidos políticos al postular candidaturas para los distintos cargos de elección popular.
En este tema también existió una omisión por parte del Congreso del Estado. Al llevar al límite los tiempos para aprobar la reforma al Código Electoral –que concretó el 27 de mayo-, los diputados no realizaron las referidas consultas para incorporar a la ley los criterios en materia de acciones afirmativas y delegaron esa responsabilidad al IEM, que en procesos electorales anteriores había subsanado ese vacío normativo mediante acuerdos aprobados por su Consejo General.
Para el proceso electoral local 2023-2024 al IEM le llevó 72 días naturales el desahogo material de las consultas ejecutadas, tomando en cuenta el periodo transcurrido entre la aprobación de las convocatorias y la declaración formal de su validez.
En la reforma de mayo al Código Electoral, en la fracción XLIV del artículo 34, quedó establecido: “El instituto deberá realizar las consultas previas, libres, informadas y de buena fe a los Grupos de Atención Prioritaria del Estado de Michoacán, sobre la acreditación de su auto adscripción, pertenencia o vinculación a dichos grupos, para efectos de la postulación de candidaturas en el Procesos Electorales Ordinarios Locales y en su caso, las elecciones extraordinarias.
“Una vez realizadas las consultas señaladas en el párrafo que antecede, el Instituto deberá de emitir los lineamientos al inicio del proceso electoral respectivo, a efecto de que se permita la configuración de acciones afirmativas en cargos de elección popular a favor de los Grupos de Atención Prioritaria, aplicables para los procesos electorales locales y, en su caso, las elecciones extraordinarias que se deriven”.
Las consultas a comunidades indígenas y la validación de sus resultados para el ejercicio de su derecho al autogobierno constituyen otra de las tareas que permanecerán suspendidas en el IEM hasta que su Consejo General esté en condiciones de sesionar nuevamente. Esto interrumpe procedimientos que ya habían sido iniciados y se encuentran en curso, como la validación de la consulta realizada el pasado 14 de junio en la comunidad de Pómaro, municipio de Aquila.
Otra de las tareas que quedará pendiente y que también se relaciona con el Congreso del Estado, es la organización de la consulta a comunidades indígenas y afromichoacanas en materia de educación indígena e incluyente, ordenada por el Poder Legislativo para dar cumplimiento a la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que determinó que el Congreso violó la Constitución al legislar en la materia sin consultar previamente a dichas comunidades.
La destitución
Previo a la decisión del INE, la consejera Silvia Verónica Mauricio Salazar, puso distancia de por medio y presentó su renuncia al cargo, por lo que la resolución no la contempló declarando en su caso el sobreseimiento, aunque se ordenó dar vista a la Contraloría del Instituto por considerar que una renuncia no evade la responsabilidad en que podría haber incurrido.
Para la mayoría de los integrantes del Consejo General del INE, la actuación de los consejeros del IEM constituyó una extralimitación de funciones y una invasión al ámbito competencial del Poder Legislativo, lo que se ubica dentro de las causales graves de remoción previstas en la normativa electoral, particularmente aquellas relacionadas con la afectación a la independencia de la función electoral y la realización de actos contrarios a las disposiciones legales aplicables.

Durante la sesión, consejeros y representantes partidistas contrarios a la resolución advirtieron que la sanción es desproporcionada y pone en riesgo la organización del proceso electoral de 2027.
El consejero Uuc-kib Espadas Ancona sostuvo que, aunque existieron irregularidades, la designación provisional duró solo nueve días, no generó efectos materiales ni controversias y ocurrió en un contexto de vacío normativo, por lo que consideró excesiva la remoción. Además, alertó que la designación apresurada de nuevos consejeros podría complicar la organización de la elección e incluso obligar al INE a asumir directamente el proceso electoral en Michoacán.
En el mismo sentido, Martín Faz Mora argumentó que los consejeros actuaron para garantizar el funcionamiento institucional mediante una interpretación jurídica, sin dolo, beneficio indebido ni afectación a la función electoral, mientras que el representante del PRI, Emilio Suárez Licona, recordó que los precedentes establecen que no todo error interpretativo justifica la separación del cargo y llamó a valorar las consecuencias institucionales de la medida.
En contraste, la presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala, sostuvo que el caso no se trató de una diferencia de interpretación, sino de una violación al principio de legalidad, al asumir el IEM una atribución exclusiva del Congreso. Afirmó que la urgencia no crea competencias, que la colegialidad no convalida actos ilegales y que la posterior actuación del Legislativo no elimina la responsabilidad de quienes actuaron sin facultades, por lo que respaldó la remoción.
Las reacciones
La remoción de los consejeros provocó una ola de reacciones en el estado. El gobernador Alfredo Ramírez Bedolla calificó la decisión como arbitraria, desproporcionada y centralista, al considerar que pone en riesgo el inicio del proceso electoral 2026-2027 y afecta la atención de los procesos de autogobierno indígena.
En el mismo sentido se pronunciaron el presidente del Poder Judicial, Hugo Gama Coria, y la presidenta de la Junta de Coordinación Política del Congreso local, Giulianna Bugarini Torres, quienes advirtieron sobre la incertidumbre institucional en materia electoral que genera la medida.
Los consejeros removidos anunciaron que impugnarán la resolución ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Ignacio Hurtado Gómez sostuvo que la designación provisional del encargado del Órgano Interno de Control respondió a una interpretación jurídica derivada de un vacío normativo y que con ella se buscó garantizar el funcionamiento del instituto, no el invadir facultades del Congreso, por lo que rechazó que existiera una falta grave que justificara la remoción. Claudia Carreño aseguró que actuó conforme a sus obligaciones, sin beneficiar a persona alguna.

Por su parte, Juan Adolfo Montiel denunció irregularidades procesales en el procedimiento del INE, al señalar que el proyecto de resolución comenzó a circular antes de que se notificara formalmente el cierre de la instrucción, además cuestionó que el expediente permaneciera abierto durante un año sin resolverse oportunamente.
En el ámbito político, el PRI a través de su dirigente, Guillermo Valencia, advirtió que la desarticulación del IEM compromete la organización del próximo proceso electoral y señaló a Morena como el principal beneficiario de la medida, mientras que el líder estatal del PAN, Carlos Quintana Martínez, acusó que el partido oficial busca controlar al órgano electoral de cara a la elección de 2027.


