En el juicio de amparo promovido por ciudadanos, se ordenó la suspensión provisional de la tala de árboles, en tanto el gobernador reporta que la obra continúa
Patricia Monreal
Las acciones legales promovidas por colonos, activistas y ciudadanos en torno a la tala de árboles en el tramo de Tres Puentes de la obra del Morebús en Morelia, obtuvieron respuesta positiva por parte de la jueza Claudia Cárdenas Villaseñor, del Juzgado Primero de Distrito en el juicio de amparo 1210/2026.
La medida cautelar emitida el martes 25 de agosto pasado, es una suspensión temporal “para que las autoridades responsables se abstengan de talar la zona ‘Monumento Lázaro Cárdenas’, así como de ‘Tres Puentes’ hasta ‘La Concha’, de Morelia, Michoacán”, con motivo de la los trabajos relativos para desarrollar el proyecto denominado “Morebús”.
El juicio de amparo es contra actos del gobernador Alfredo Ramírez Bedolla y otras autoridades, y la suspensión temporal establecida como medida cautelar aplica en tanto se resuelve si su carácter será permanente el próximo primero de septiembre. Los quejosos argumentaron la urgencia de aplicarla por el riesgo de configurarse un daño al medio ambiente de difícil reparación, subrayando el peligro en la demora para el otorgamiento de la suspensión.
Al respecto, la jueza en su determinación refiere su obligación de privilegiar la toma oportuna de decisiones a través de las cuales se permitan la conservación del medio ambiente y se prevenga cualquier peligro o riesgo ambiental, mientras se cuenta con mayores elementos de prueba con la finalidad de crear certidumbre jurídica y científica sobre cuál es la realidad del ecosistema relativo, así como la flora y fauna que se pretende proteger.
“Por consiguiente, para otorgar la suspensión provisional no puede exigirse a la persona quejosa, cumplir con un estándar de certeza total o indubitable respecto al daño ambiental que torne ilusorio el derecho de participación ciudadana y de acceso a la justicia ambiental, habida cuenta, cuando se reclaman actos cuya realización, indiciariamente, pueda traducirse en la consumación de un daño ambiental, debe tratar de evitarse oportunamente en la medida de lo posible, pues lógicamente una vez concretado no sería factible lograr, o lo sería difícilmente, las cosas vuelvan al estado que guardaban”.
La juzgadora califica como evidente, que con el otorgamiento de la medida cautelar no se contravienen las disposiciones constitucionales, convencionales o legales; por el contrario, su concesión es tendiente a salvaguardar los principios del derecho medioambiental, conforme a lo establecido por el parámetro de regularidad constitucional.
En el caso de la suspensión temporal, se cita a las partes a audiencia incidental para determinar si dicha suspensión pasa a ser definitiva. Será el próximo primero de septiembre, para lo que se da un plazo de 48 horas tras su notificación, a las autoridades señaladas para que entreguen la información correspondiente.
Frente a la determinación judicial, a través de un comunicado de prensa, el gobernador informó que las obras continuarán “sin afectación a los árboles”, “conforme a lo proyectado”.
Pese a la tala de árboles ya ejecutada en la zona de Tres Puentes y detenida por la movilización y el accionar ciudadano iniciado desde el jueves 20 de agosto, en su comunicado, Alfredo Ramírez asegura que la disposición del órgano jurisdiccional, “coincide plenamente con la indicación previamente instruida” por su administración de ”abstenerse de talar árboles en el trayecto que comprende desde el monumento a Lázaro Cárdenas hasta la desviación a La Concepción”.
Reclamos legales
Son nueve las autoridades señaladas en el juicio de amparo promovidos por colonos y ciudadanos por las acciones y omisiones que derivaron en la tala de árboles.
Contra el gobernador el juicio reclama la orden general, autorización presupuestal y el acuerdo para la ejecución del proyecto denominado “Morebús” en el tramo Monumento Lázaro Cárdenas, así como de Tres Puentes hasta La Concha, omitiendo garantizar el principio de sustentabilidad ambiental y su deber ineludible de proveer en la esfera administrativa a la exacta observancia de las leyes ambientales.
Contra Alejandro Méndez López, secretario del Medio Ambiente del Estado (SECMA), se le reclama la omisión administrativa específica de ejercer sus facultades de evaluar, resolver y emitir el resolutivo técnico sobre la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) y los estudios de riesgo ambiental de la obra pública denominada “Morebús”.
A María Elena Huerta Moctezuma, secretaría de Desarrollo Urbano y Movilidad (SEDUM), se le reclama la omisión de garantizar la protección del patrimonio natural y las zonas de valor ambiental en el diseño, trazo y ejecución del Morebús. Asimismo, así como la emisión de la validación u opinión técnica de dicho proyecto de infraestructura vial, sin haberla condicionado a la existencia previa de un resolutivo de impacto ambiental favorable, así como la planeación, licitación, adjudicación de contratos y la orden de ejecución material de la obra “Morebús” a través de empresas privadas contratistas (tales como FT Construcciones y Proyectos S.A. de C.V., Construcciones Pérez y Gil S.A. de C.V., entre otras).
Aunado a lo anterior a la funcionaria se reclama la omisión de garantizar la protección del patrimonio natural, al autorizar y ordenar el inicio de los trabajos de tala y construcción sin contar previamente con el resolutivo favorable de la Manifestación de Impacto Ambiental.
Al secretario de Comunicaciones y Obras Públicas, Rogelio Zarazúa Sánchez, se le reclama la ejecución material ilícita de la obra pública convenida por sí o a través de terceros, o en coadyuvancia con la SEDUM. Específicamente, se reclama la orden, contratación de maquinaria y la ejecución de la tala y derribo de 613 árboles tanto en las inmediaciones y áreas verdes del Monumento a Lázaro Cárdenas, como en la zona de Tres Puentes hasta La Concha, sin contar de forma previa con la evaluación y resolutiva de impacto ambiental aprobada por la autoridad competente.
Por lo que toca al alcalde moreliano, Alfonso Martínez Alcázar, se reclama la omisión de aplicar la normatividad de desarrollo urbano y ecológico de competencia municipal, materializada al expedir y/o tolerar de facto una licencia de construcción para el derribo de arbolado del proyecto “Morebús”, sin exigir como requisito de la Manifestación de Impacto Ambiental favorable, permitiendo la ejecución material de la obra en su jurisdicción.
Para Joanna Margarita Moreno Manzo, secretaria de Desarrollo Urbano y Movilidad del ayuntamiento de Morelia el reclamo es por la expedición, autorización y/o tolerancia de licencias de construcción, permisos de ejecución de obra pública o de uso de suelo para el proyecto “Morebús” dentro de la jurisdicción municipal, incurriendo en la omisión absoluta de exigir como condicionante la presentación del resolutivo favorable de la Manifestación de Impacto Ambiental.
A Guadalupe Díaz Chagolla, secretaria de Medio Ambiente y Sustentabilidad de Morelia, se le reclama la omisión de ejercer sus facultades de inspección, vigilancia y normatividad ambiental sobre el arbolado urbano y la fauna silvestre en el Municipio de Morelia; la omisión de clausurar los trabajos nocturnos de tala masiva en la zona motivo del juicio, y la omisión, emisión o tolerancia de cualquier dictamen técnico de derribo carente de viabilidad ecológica.
También se señala a Rosendo Caro Gómez, titular de la Procuraduría Ambiental de Michoacán (PROAM), por omisión de ejercer sus facultades de inspección, vigilancia y la de imponer medidas de seguridad urgentes, como la suspensión temporal de la obra, ante la tala masiva de árboles ejecutada sin los permisos ambientales correspondientes.
A Carlos Alberto García Salgado, delegado de la SEMARNAT se le señala por la omisión de intervenir, requerir estudios, evaluar impactos en el hábitat de vida silvestre (especies endémicas y aves migratorias) y clausurar la obra ante la alteración del ecosistema regulado por normatividad federal.

Consulta:
No a la urbanización salvaje
Por Morebús, ecocidio en Morelia


