Regla de Tres

Reforma indígena discrimina: CSIM


El CSIM va a impugnar la reforma indígena que aprobó el Congreso de Michoacán a propuesta de Alfredo Ramírez Bedolla. Aseguran que no se les consultó y que los discrimina


Beatriz Rojas

Las 70 comunidades originarias que integran el Consejo Supremo Indígena de Michoacán (CSIM) acordaron en asamblea general impugnar la reforma constitucional en materia de pueblos indígenas que remitió el gobernador del estado, Alfredo Ramírez Bedolla, y fue aprobada por el Congreso local.

El vocero del CSIM, Pavel Ulianov Guzmán, expuso en entrevista que sólo están esperando que se publique el decreto para llevar el tema a tribunales, pues consideran que resulta discriminatoria, además de que aseguran no haber sido consultados al respecto.

La discriminación radica en que, a diferencia de la reforma federal, se establece que únicamente las comunidades que cuenten con autogobierno podrán acceder de manera directa a los recursos estatales, mientras que la reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dota de presupuesto directo federal a todas las comunidades indígenas, independientemente de si cuentan con autogobierno o no.

«Si revisan la reforma al a constitución federal establece ya el presupuesto directo federal y estatal para todas las comunidades, dice ‘para pueblos y comunidades indígenas’, y en Michoacán se estableció ‘para comunidades con autogobierno’. Ahí discrimina, en los hechos solamente estas 41 van a poder acceder al presupuesto estatal, pero las otras 460 no van a poder acceder al presupuesto estatal, solo el federal», explicó.

Agregó que otro elemento discriminatorio es el que tiene que ver con las encargaturas del orden, que son formas de gobierno que jerárquicamente están por debajo de una jefatura de tenencia y que también tienen acceso a recursos públicos, pero en la reforma a la Constitución del estado sólo se permite que accedan a presupuesto las encargaturas independientes, que son solamente 20 de las 350 encargaturas del orden que hay.

Sin embargo, la reforma no establece los criterios para que una encargatura del orden se considere como independiente, lo que tendrá que establecerse en las leyes secundarias: «Establecieron en la reforma constitucional, pero no establecieron por qué serán independientes, presumimos que es porque no están sujetos a una tenencia, eso se va a establecer en las leyes secundarias, queda ambiguo», declaró Pavel Ulianov.

Se dijo optimista con respecto al proceso legal, pues ya se han interpuesto amparos anteriormente para que las encargaturas del orden accedan a presupuesto directo, como la comunidad de San Benito, que se convirtió hace dos años en la primera en acceder a estos recursos con sentencias a favor tanto del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán como de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

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