Regla de Tres

Rectoría busca “control total” con Estatuto a modo

Un documento “arreglado” previamente fue presentado por la administración universitaria como resultado de foros que, acusan docentes, no fueron sino simulación y exclusión de los sectores que conforman la UMSNH   

Como un proyecto “ya planchado” y bajo un carácter “punitivo” que busca el “control total” por parte de la Rectoría, consideraron académicos de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (UMSNH) el proceso convocado para la presunta reforma al Estatuto Universitario.

En su mensaje el 8 de mayo en el histórico edificio del Colegio de San Nicolás, por el aniversario del natalicio de Miguel Hidalgo, la rectora Yarabí Ávila González señaló ante un público muy aplaudidor que, “urge intensificar nuestra metamorfosis con reformas desde la propia visión social, en la organización y en el funcionamiento de nuestra institución, es urgente entonces la actualización de nuestra legislación Universitaria, pero siempre con el consenso de todas y todos los nicolaitas y de todos los sectores que se unen al trabajo de la Universidad”.

Planteado en un principio para que se realizara presencialmente, el evento de análisis de documentos y propuestas fue de última hora cambiado a la modalidad virtual, sin explicación alguna, en tanto que desde el 21 de mayo circula el documento planteado por Rectoría, Proyecto de Reforma al Estatuto Universitario (PREU), ya como el anteproyecto definitivo de reforma estatutaria y que será sometido para su aprobación el próximo miércoles 29 de mayo a las 11:00 horas por el Consejo Universitario.

En este imprevisto cambio de presentación de las ponencias los días 16 y 17 de mayo, varios docentes acusan que fueron excluidos, ya que nunca les llegó la confirmación de que estaban registrados. En otros casos, varios prefirieron no participar ya que en la modalidad virtual no se generaron los espacios para el análisis y la discusión que se esperaba sobre el Estatuto vigente desde hace 61 años y cómo cambiarlo, al igual que era poca la participación en las sesiones, lo que les pareció no tenía la representatividad suficiente de una comunidad universitaria conformada por más de 60 mil personas entre estudiantes, docentes, trabajadores y personal administrativo y de confianza.

Los docentes plantean que el estatuto ya estaba “planchado”, “arreglado” por la Rectoría, ello por la rapidez en que fue presentado el proyecto donde presuntamente se integraron las visiones de quienes participaron con sus propuestas, aunque los docentes consultados afirman no estar de acuerdo con sus planteamientos.

“El Proyecto de Reforma al Estatuto Universitario se elaboró no con el propósito de mejorar la vida académica de la Universidad ni promover las prácticas democráticas sino para establecer un mayor control de la vida universitaria por parte de la Rectoría y contar con un marco legal claramente punitivista”, establece un documento redactado por académicos hecho circular en sus redes.

Reacios a identificarse públicamente dada la política de hostigamiento laboral que persiste en la UMSNH desde el rectorado anterior, los académicos advierten que de entrada se careció de un diagnóstico institucional previo que planteara a la comunidad sobre qué ejes deberían trabajarse los cambios al estatuto, al igual que se careció de una programación y protocolos para señalar con transparencia cuál iba a ser la ruta o las rutas para iniciar el análisis y las formas de participación en general de los universitarios.

Este documento “arreglado”, sería el que el Consejo Universitario aprobaría este miércoles en sesión contemplada a las 11:00 horas y en las en un plan optimista, podría pensarse que se abrirá una discusión y análisis del documento, opinan docentes, pero en caso contrario, la sesión sólo será trámite para que la propuesta de la autoridad universitaria sea aprobada sin más.

Yarabí Ávila González, en reunión con integrantes de consejos técnicos para conminarlos a participar en la presunta consulta.

Rubén Jiménez Páramo, docente de la Escuela Preparatoria “Melchor Ocampo” y en la Facultad de Derecho de la UMSNH y participante también del proceso donde inscribió una ponencia en la mesa de la reforma jurídica, señala que pese a que recibió constancia de su registro en los foros, finalmente no pudo acceder al que le correspondía mediante el enlace que le enviaron los organizadores, en concreto la Secretaría General de la UMSNH, que encabeza Javier Cervantes Rodríguez.

Coincide en que los plazos para convocar a los foros fue “apresurado”. El plazo para recibir ponencias fue el 8 de mayo, justo el día que Ávila González anunció que se emprendería la reforma al Estatuto y Cervantes Rodríguez la realización de los foros en tres rubros -jurídica, administrativa y académica-, los días 16 y 17 de mayo, con participación presencial.

Justo un día antes del inicio de los foros, el área de Prensa de la UMSNH anunció el 15 de mayo que estos serían virtuales y que se habían registrado un total de 256 ponencias. El documento emitido no especificó la razón del cambio.

Rubén Jiménez estima que lo que se pudo constatar en las mesas, fue la poca participación. Otro docente coincide y dice que en su caso, en la mesa que le correspondió, solamente estaban siete personas y no todas participativas. “¿Esta será una muestra de representatividad para reformar un estatuto, cuando tan solo la comunidad estudiantil es de más de 50 mil jóvenes, sólo siete participantes?”.

Los catedráticos también señalan que la poca participación de docentes en especial, obedecería al “temor a expresarse, dado el talante autoritario de la rectora”, indican en referencia a varios procesos abiertos en contra de docentes que se han manifestado en contra de los criterios y actitudes de Yarabí Ávila González, entre ellos imponerse a los consejos técnicos de las facultades para imponer directores, tema que en el documento presentado por la Rectoría se propone como facultad única del rector o rectora en turno, sin participación de las comunidades académica, estudiantil y de trabajadores, además de autoridades, representadas en estos órganos internos.

Otro caso que critican es que pese a que no se toca el tema de la designación del representante legal de la Universidad Michoacana cada tres años, ya que el artículo respectivo se incluye en la Ley Orgánica, el estatuto ya plantea que uno de los requisitos para ser rector o rectora es contar con estudios de doctorado, “como si el grado académico determinara casi que por trámite la capacidad para dirigir a la Universidad Michoacana”.

Indican que el documento que presentó Rectoría le da más importancia a definir a la mascota de la UMSNH, al himno y a la banda de guerra, que a cuestiones trascendentes como el trazar la ruta en conjunto con los sectores universitarios que den viabilidad a las funciones sustantivas de la máxima casa de estudios, la academia, la difusión de la cultura y la investigación científica.

Primero la Ley Orgánica, luego el Estatuto

En su caso, Jiménez Páramo planteó 23 observaciones al documento elaborado por Rectoría, mismas que muestra con los sellos universitarios del acuse de recibo, aunque afirma estar consciente de no tendrá respuesta a las mismas, con lo que coincide en que no existió un mecanismo adecuado dentro de la reforma estatutaria en la que se plantearan las controversias.

El especialista en Derecho plantea que primero debió haberse acometido la reforma a la Ley Orgánica universitaria y posteriormente el Estatuto Universitario y otros ordenamientos, porque de darse los cambios al marco legal que norma a la institución, se tendría que repetir el proceso, lo que incluso llevaría posibles confusiones. “Es absurdo modificar primero la ley reglamentaria que es el Estatuto y luego la ley que pretende regular”, indica el documento citado líneas arriba.

Destaca como una carencia que en el documento de Rectoría no exista una exposición de motivos y no se encuentre el discurso o mensaje de la rectora, como requisitos que plantea fundamentales para la comunidad dado que en su mayoría se ignora que el estatuto vigente data de hace 61 años y que incluso conserva figuras inexistentes como la Junta de Gobierno, que ciertamente no se contempla en la Ley Orgánica desde la reforma emprendida en 1983 por el rector Cuauhtémoc Olmedo Ortiz, y que creó la Comisión de Rectoría, instancia a través de la cual se impone al candidato o candidato del gobernador en turno, excluyendo a la comunidad de toda decisión.

Sobre el tema, en el PREU, se señala que el Consejo Universitario deberá proponer a la Comisión de Rectoría cuatro candidatos a la Rectoría, dos mujeres y dos hombres, según plantea en el artículo 34. En el artículo 56, se dice sin embargo que los cuatro se designarán por la comunidad y enviados a la Comisión de Rectoría.

Otros planteamientos que los catedráticos consideran excesivos es que el PREU considere como requisito para ser rector o rectora o directores de dependencias, el que sean egresados de la Universidad Michoacana. Junto con el del grado académico para quien se ostente como rector o rectora, “ambos requisitos son inaceptables porque vulneran el derecho humano consagrado en el artículo 21 de la Declaración Universal, que es el derecho al acceso a las funciones públicas”.

“Esto debería bastar para dejar en claro que el objetivo de armonizar los diferentes elementos de la normatividad universitaria no es el propósito principal, sino adelantar cambios que luego propondrán en una nueva Ley Orgánica”, apunta el documento en circulación.

Destacan que el PREU hace poca alusión al sector estudiantil, razón de ser de la UMSNH, al dejar establecido solamente que tienen obligaciones más no derechos, incluso con poca capacidad para defenderse de actitudes violentas y represivas en el marco académico y administrativo. Recuerdan que la Universidad Michoacana tiene siete preparatorias, nivel en el que los estudiantes son menores de edad y deben regularse bajo políticas públicas planteadas en normas federales y estatales sobre sus derechos y sin embargo “no se habla del interés superior del menor y lo que prevé la misma Ley General de Educación”.

Les llama la atención que el PREU plantee situaciones contrarias a la propia Ley Orgánica, como en el caso del Tribunal Universitario, figura que contempla la Ley Orgánica como “comisión permanente” y cuyas actuaciones están sujetas al Consejo Universitario, pero que en el Proyecto de Rectoría se plantee como un organismo autónomo, con capacidad de gestión y jurisdicción propia “y estará integrado por abogadas y abogados que sean docentes de la Universidad y que a su vez tengan experiencia en materia laboral, administrativa y penal, y/o con experiencia la judicatura en las mismas materias”, lo que a juicio del docente abriría el espacio para que sea la rectora o el rector en turno quien decida su integración

“Todo está cocinado”. Advierten, aunque en algunos casos plantean que de estar a tiempo presentarán documentos de impugnación al proceso dirigidos al Consejo Universitario antes del 29 de mayo, fecha en que está citado el considerado “máximo órgano de gobierno” de la institución, aún y con las reservas de que “la mayoría de los integrantes del actual Consejo no se han distinguido por ser analíticos y críticos. Todo lo contrario”, expresa el documento.

Otro grupo de maestros advierte sobre la posible presentación de amparos contra el PREU, tanto por violar la Ley Orgánica vigente como la misma Ley General de Educación.

«Modernízate», un término recurrente en el discurso de la Rectoría.

Reforma “punitiva”

El PREU plantea en varias fracciones que la rectora tendrá como nuevas facultades presidir sesiones de consejos técnicos en escuelas facultades e institutos; aplicar medidas disciplinarias a trabajadores académicos y administrativos sin señalar la forma e instancia en que se decidirán dichas sanciones ni precisar los procesos que deberían existir para impugnar estas sanciones; puede nombrar directores provisionales por un período máximo de un año ante ausencias definitiva o mayores a 30 días y en dependencias de nueva creación, “desconociendo la figura de director interino que es facultad del Consejo Universitario elegir”; podrá nombrar secretarios académicos y administrativos de una terna que le presente el director de la dependencia.

Tras destacar este escenario previsto en el PREU, los docentes indican que nada se dice de regular situaciones preocupantes y claramente violatorias de la Ley Orgánica, auspiciadas desde la Rectoría: la actuación del abogado general y la Contraloría “que no existen en la Ley Orgánica ni en el estatuto universitario vigente. A ambas instancias se les otorga grandes facultades que han convertido a sus titulares en una presencia constante en cualquier evento, dotándolos de un gran poder que no es controlado por el Consejo Universitario, al que no rinden cuentas sino sólo por el ocupante de la Rectoría.

Señalan que en el artículo 19 de la Ley Orgánica “se establece que le corresponde a este Tribunal ´conocer y dictaminar de faltas estimadas graves a esta Ley, al Estatuto Universitario y reglamentos´, y no al contralor ni al abogado”.

Con fecha de publicación

El 3 de junio será el día en que se publique formalmente el PREU, señala el artículo primero transitorio del Proyecto, no obstante que aún el mismo no se aprueba por el Consejo Universitario, en el que por demás no se integrarán las comisiones respectivas sino hasta 15 días después de aprobado el nuevo Estatuto según el artículo segundo transitorio, por lo que tampoco se contemplan posibles impugnaciones al mismo, lo que podría darse en la sesión de este miércoles 29 de mayo.

El segundo transitorio plantea que una vez creada la comisión o las comisiones, “inicien los trabajos de los nuevos reglamentos o se haga la propuesta de armonización de toda la legislación universitaria”.

En el tercero transitorio se señala que, estas comisiones presentarán en seis meses, “a partir de su conformación” ante el Consejo Universitario los proyectos de nuevos reglamentos “y de la armonización de reglamentos y demás normatividad universitaria que deba reformarse”.

En el quinto transitorio, se especifica que en contra de que pudiera pensarse que el proceso estaría en manos del Consejo Universitario y las comisiones creadas, “el secretario general serpa quien lleve la coordinación general de los trabajos de actualización de la legislación y normatividad universitaria”.

El artículo sexto transitorio refiere que, “la Rectoría presentará ante el Consejo Universitario, en un plazo no mayor a 180 días hábiles, el proyecto de reforma y armonización de la Ley Orgánica de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, para que sea aprobada y, en su caso, se presente ante el H. Congreso del Estado por el o la Representante legal de la Universidad”.


Deja tu comentario