Regla de Tres

¿Afectan reformas a víctimas de desaparición?


“La Reforma al Poder Judicial guarda peligros en su redacción, en los artículos, en las comas y en las letras chiquitas, pero su subtexto es escandaloso.”


La ley no nace de la naturaleza, junto a los
manantiales que frecuentan los primeros pastores;
la ley nace de las batallas reales, de las victorias,
las masacres, las conquistas que tienen su fecha
y sus héroes de horror; la ley nace de las ciudades
incendiadas, de las tierras devastadas; 
surge con los famosos inocentes que
agonizan mientras nace el día.
(Michel Foucault, en Defender la sociedad)


Esta columna la comienzo a escribir con resquemores, minutos después de que ha sido aprobada la Reforma al Poder Judicial en el Senado de la República. De cara a su inminente aprobación en los congresos locales, la reforma es un hecho, y es lamentable por donde se le mire. Posiblemente, corran la misma suerte las reformas que buscan dar el control de la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) y la que desaparece diversos órganos autónomos, como el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI). 

En cuanto a la Reforma al Poder Judicial, las preocupaciones principales han girado en torno al despido masivo de las personas juzgadoras; la selección de las nuevas personas ministras, magistradas y juezas a partir de listas de candidaturas seleccionadas por el Ejecutivo, Legislativo y Judicial sometidas posteriormente a votación popular (de manera predominante, los partidos políticos eligen antes, no el pueblo), en elecciones sumamente complejas, costosas y que hacen inviable para el electorado la revisión de cientos de trayectorias para seleccionar el mejor perfil para los diversos puestos [1]. 

De igual manera, alarma la creación de un órgano de disciplina judicial que podría sancionar decisiones contrarias a los intereses del oficialismo; la imposibilidad de que un juicio de amparo ponga en pausa la aplicación de alguna norma posiblemente violatoria de derechos humanos o que la sentencia de amparo beneficie a más personas que las que lo presentaron; y, por último, pero no menos aberrante, la incorporación de la figura de los “jueces sin rostro”[2], esto es, casos donde jamás sabremos quién tomó la decisión de condenar o absolver a las personas acusadas.

Ninguna regla propuesta en la reforma garantiza menor corrupción o impunidad y, a la postre, esa promesa será recordada como una traición, sobre todo, a las víctimas de la violencia. Sin duda, la reforma en materia de justicia es indispensable, pero el problema fundamental siempre han sido las fiscalías y los cuerpos policiales. Entre el 94% y 98% de los casos de desaparición jamás son judicializados [3] porque las fiscalías no investigan y, por lo tanto, no encuentran a los responsables. Claro, las familias no solamente no fueron escuchadas verdaderamente en este proceso de reforma, sino que muchas no podrían hablar de una experiencia con el poder judicial si la mayoría ni siquiera han llegado a sus puertas por una sencilla razón: las fiscalías son la intransitable antesala, el podrido cuello de botella.

Sin duda, en los pocos casos donde se llega a identificar los responsables, el Poder Judicial, principalmente de los estados, también ha fallado. Es el caso de Guadalupe Barajas Piña, donde todo el pueblo de Salvatierra, Guanajuato sabe quiénes son los responsables de su desaparición y homicidio y el Poder Judicial del estado los exoneró en primera instancia, a pesar de la evidencia: para cambiar eso, se requiere saber cómo se modifican las complejas dinámicas institucionales que, con esta reforma, o se empeoran o se mantienen intactas.

Pero, más allá de eso, frente a las terribles experiencias que narran las familias de personas desaparecidas y que dan cuenta de la inacción, negligencia, corrupción y colusión de las fiscalías, sólo el Poder Judicial puede hacer algo al respecto. Antecedentes hay, aunque sean insuficientes: ya sea mediante juicios de amparo o audiencias ante los juzgados de control, el Poder Judicial ha emitido sentencias para que se otorguen copias de los expedientes, la reapertura de investigaciones cerradas, para autorizar la participación de peritos independientes en exhumaciones, para ordenar la creación del Banco Nacional de Datos Forenses o afirmar la obligatoriedad de las Acciones Urgentes del Comité contra las Desapariciones Forzadas de la ONU. Inclusive, tras la detención de personas buscadoras que protestan, los juicios de amparo han servido como herramientas para garantizar su pronta presentación [4]. También hay ejemplos de resoluciones como las que se han emitido en favor de Alicia de los Ríos Merino para que acceda a instalaciones militares y para que la SEDENA y el Centro Nacional de Inteligencia abrieran sus archivos al Mecanismo de Esclarecimiento Histórico. 

Mención especial merecen figuras destacadas y comprometidas como la jueza Karla Macías, quien desde el lastimado estado de Guanajuato, dicta sentencias encomiables, como el amparo que otorgó en el caso de Rosendo Radilla Pacheco recientemente, donde ordenó a la Fiscalía General de la República llevar a juicio a centenares de perpetradores. 

Es verdad que este tipo de juicios son inaccesibles si no se cuenta con asesoría jurídica privada, que es costosa, ya que las comisiones estatales de víctimas no garantizan servicios legales de calidad. También es cierto que el Poder Judicial ha desperdiciado numerosas oportunidades y se ha quedado corto tanto en sus resoluciones como en el cumplimiento de las mismas, donde ha primado una tradición de gran deferencia con las autoridades y no con la ciudadanía [5]. Es impensable que esto cambie para bien, cuando la reforma propicia mayor cercanía y respaldo de los partidos políticos, en el ambiente de compadrazgos, favores y tráfico de influencias que ha sido su sello. ¿Qué incentivos tendrías para contradecir o ponerle un alto a quien te puso en la lista para ser juez o jueza? No es que antes no hubiera tráfico de influencias en el Poder Judicial, o que sus decisiones no estuvieran permeadas por intereses políticos; el problema es cómo la reforma no sólo mantiene esa dinámica, sino que además la potencia.

Las reformas y sus formas

Las reformas pueden ser analizadas como maniobras, pero también revelan un estilo de gobierno. Como maniobra, la reforma al Poder Judicial es un medio y no un fin en sí mismo. La intención además es meridiana: eliminar el muro de contención –o valla raquítica– y los obstáculos que pudiera representar una decisión judicial que se opusiera a algún proyecto o ley del oficialismo. Es una reforma para blindar cualquier futura reforma. Deshacerse de las pocas y débiles ataduras que tiene el poder político. Desdibujar un poco más las fronteras de lo prohibido y lo permitido, de por sí difuminadas. Es, sin duda alguna, un retroceso en la agenda de justicia –que desde siempre ha quedado en deuda con las víctimas de la violencia–. 

Como estilo de gobierno, es todavía más preocupante. Efectivamente, la Reforma al Poder Judicial guarda peligros en su redacción, en los artículos, en las comas y en las letras chiquitas, pero su subtexto es escandaloso.

El poder político del Estado se divide para evitar una concentración de atribuciones que tienda a los abusos y excesos. La división de poderes pretende los “controles y equilibrios” del poder político, no como obligación, sino como oportunidad de apretar el freno de mano cuando sea necesario. Con la presidencia y la mayoría de las gubernaturas ganadas por el partido en el poder, que también goza de la mayoría absoluta en la Cámara de Diputados y casi la tiene en la Cámara de Senadores, el Poder Judicial adquiere todo el foco de atención. De ahí viene esta jugada: renovar a todas las personas juzgadoras es la oportunidad de meter mano en todos los nuevos nombramientos, al menos, en la misma proporción que la supermayoría que representan en los otros poderes. ¿Para qué? Para deshacerse de los controles y equilibrios: la aplanadora.

Si quedó alguna duda de la intención apisonadora, la discusión en el Senado la disipó. Se recurrió a las artimañas antiguas y confiables de los regímenes que nos han gobernado. Primero, la política de las cuentas sobre el número de votos que se requerían. Representantes del partido en el poder sostuvieron que sólo necesitaban 85 votos, que es menor al 66.66% requerido. George Orwell en su novela 1984 usó la famosa fórmula “2+2=5” para explicar cómo lo absurdo adquiere el carácter de verdadero en regímenes de talante autoritario. Este sexenio o el que viene no pueden calificarse de esa manera, pero lo preocupante son los signos. La ontología de un régimen no es discursiva: el gobierno no es lo que dice ser, es la suma de sus actos y los símbolos que en ellos se inscriben.

Tal es el caso de la sombría negociación con los senadores de oposición, con quien no asistió o con quien votó en contra de su bancada. No sobra decir que el uso de las investigaciones penales como mecanismo de chantaje e intriga política es una verdadera ofensa para las familias de personas desaparecidas que buscan justicia. La voluntad política de las fiscalías está donde el interés político de los actores que las controlan. Por eso, las carpetas de investigación de desaparición son, por regla general, una pila de papeles sin mayor pretensión que la de ocupar el espacio que deja el vacío de Estado.

La represión a manifestantes mediante el uso del “extinto” cuerpo de granaderos es la imagen final de este penoso día. Quizá este episodio resume mejor que cualquier otra escena el nivel de descomposición actual de toda la clase partidista como conjunto. Ese desencanto es el que produce que miles de personas votáramos por las personas desaparecidas, ante la falta de opciones políticas. Quisiera pensar que se trata de un evento desafortunado e irrepetible, pero en ausencia de cualquier señal de pausa escrupulosa, parece que será un modo de operar que está aquí para quedarse.

Estas prácticas vienen de antaño y, llevadas al extremo, propiciaron el contexto en el que se cometieron desapariciones forzadas en la segunda mitad del siglo XX: disputas por el poder político, represión de la protesta y persecución de las disidencias. Por supuesto, el escenario es diferente y se deben guardar las proporciones, pero la Historia es un deslizamiento que nos acerca o aleja de lo que juramos irrepetible. Con esos lentes hay que mirar la reforma que consolida la militarización de la Guardia Nacional.

La iniciativa propone adscribir la Guardia Nacional a la SEDENA, darle facultades de investigar delitos federales y que sus integrantes puedan ser procesados por el fuero militar. Es preciso recordar que la Guardia Nacional nunca fue enteramente civil, pues desde su integración inicial se conformó, en parte, por policía militar. Sin embargo, paulatinamente y tras diversas reformas, el carácter civil de la Guardia Nacional quedó más en la literatura constitucional que en la práctica, la cual está por ser formalizada con la iniciativa de reforma constitucional que se encuentra en discusión.

La alarma que despierta esta reforma se basa en la experiencia de que no disminuye la violencia con la militarización. Es evidente que las cifras de la desaparición de personas no solamente no han disminuido, sino que han aumentado con esta estrategia, cuya crisis desde 2006 comenzó y se exponenció a partir del despliegue de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública. Por otro lado, violaciones graves a los derechos humanos se han cometido cuando se ha empoderado al Ejército[6] en tareas de seguridad pública y la constante ha sido la garantía de impunidad que les han ofrecido los gobiernos de todos los sexenios frente a tales atrocidades.

Casos de desapariciones como la de los jóvenes estudiantes normalistas de Ayotzinapa o los cientos cometidos durante la mal llamada Guerra Sucia, o ejecuciones como las perpetradas en el caso Tlatlaya, son muestra del mismo patrón de impunidad que tiene, al menos, cuatro elementos: opacidad en la información de archivos y especialmente de los expedientes de investigación, alteración de evidencia o fabricación de la misma, investigaciones paralelas en el fuero militar que favorecen la impunidad y ningún militar sentenciado en el fuero ordinario, mucho menos los altos mandos que dieron las órdenes.

Este patrón se conjuga con narrativas redundantes que criminalizan a las víctimas, niegan o desvían la atención de la evidencia sobre el actuar de los militares. Solamente en caso de que sea demasiado evidente la comisión de estos crímenes, las autoridades civiles reiteran hasta el cansancio que se trata de unas cuantas manzanas podridas y se niega la responsabilidad de los superiores jerárquicos en la cadena de mando y del Ejército como corporación.

¿Qué relación guarda la reforma al Poder Judicial con la incorporación de la Guardia Nacional a la SEDENA? No hay que olvidar que el Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, afirmó que la reforma es una represalia presidencial por la decisión de la SCJN en contra del cambio de adscripción de la Guardia Nacional a la SEDENA. 

El poder civil hace lo imposible para salvaguardar la reputación de las Fuerzas Armadas, que no rinden cuentas y no han tenido ningún control externo efectivo, salvo algunas resoluciones judiciales y del INAI. Es por ello que no pueden verse estas reformas de manera aislada o como si fueran decisiones erráticas, sino como parte de una política de gobierno equívoca que nos coloca de cara a un peligroso panorama de erosión democrática.

El INAI es una institución que, como el Poder Judicial, tiene sus bemoles. Por un lado, ha favorecido el acceso, por ejemplo, a la base de datos del Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas (RNPDNO), a los expedientes públicos de casos de la llamada Guerra Sucia, de Ayotzinapa, o de las fosas donde se han localizado personas migrantes desaparecidas. Ha sido un ente fundamental para el periodismo de investigación y, en particular, para el periodismo de datos [7]. Pese a que también tiene tremendos desafíos para lograr el cumplimiento de sus resoluciones, la iniciativa de reforma constitucional que busca desaparecer al INAI representa un costo altísimo. Aunque las unidades de transparencia no desaparecerían, gran parte de la información es imposible obtenerla si no se interponen los “recursos de revisión” ante el INAI, por lo que se perdería una garantía elemental para el acceso a la información.

Esta reforma no solamente afecta el derecho a la información y el derecho a la verdad, sino que es un engrane más del paquete de reformas que, en su conjunto, evidencian el rumbo errado hacia la concentración del poder, con menos controles y mayor opacidad. Los tiempos que se avecinan no parecen pronosticar un panorama alentador. 

Ahora, esta es la escena cuando se posa la mirada sobre quienes detentan el poder. Sin embargo, la realidad es más que los poderosos que acaparan la atención. La esperanza es más que lo que los partidos políticos usan de eslogan. La esperanza se habita desde los márgenes y en las fronteras. La esperanza se encuentra en los rostros de dignidad que no dejan de buscar verdad y justicia; en la incansable labor de los colectivos de buscadoras, en las personas que defienden la tierra y el territorio, en las sobrevivientes de la tortura y la violencia. Una vez más, la unidad en la organización y movimientos sociales es estratégica y urgente. La desazón está temporalmente permitida. Pero después toca seguir.

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César Contreras León es abogado y defensor de derechos humanos, con experiencia en el acompañamiento a familiares de personas desaparecidas en su búsqueda de verdad y justicia. Es Licenciado en Derecho por la UNAM y ha trabajado en diversas organizaciones de la sociedad civil, como la Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho y la Federación Internacional de Derechos Humanos. Actualmente es colaborador en el área de defensa integral en el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh), organización dedicada al acompañamiento y defensa de víctimas de graves violaciones a los derechos humanos.

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El Grupo de Investigaciones en Antropología Social y Forense (GIASF) es un equipo interdisciplinario comprometido con la producción de conocimiento social y políticamente relevante en torno a la desaparición forzada de personas en México. En esta columna, Con-ciencia, participan integrantes del Comité Investigador y persona estudiantes asociadas a los proyectos del Grupo (Ver más: www.giasf.org) así como personas columnistas invitadas.

La opinión vertida en esta columna es responsabilidad de quien la escribe. No necesariamente refleja la posición de adondevanlosdesaparecidos.org o de las personas que integran el GIASF.

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Referencias:

[1] Véase Tapia Olivares, Luis Eliud, “¿Realmente podremos elegir a las personas juzgadoras con nuestro voto?”, en Nexos, El Juego de la Suprema Corte.

[2] Consúltese el texto del Centro Prodh, “Disparates de la reforma judicial”, en Animal Político.

[3] El Comité contra las Desapariciones Forzadas de la ONU llamó a la desaparición forzada “el crimen perfecto” por los mecanismos que garantizan su impunidad casi absoluta. Véanse los hallazgos del Comité en el Informe  sobre su visita a México en virtud del artículo 33 de la Convención, CED/C/MEX/VR/1, 18 de mayo de 2022, párr. 25 y 43.

[4] Esta estrategia se utilizó en el año 2020 por el Centro Prodh en el marco de la detención de buscadoras en el estado de Guanajuato que protestaron en la vía pública.

[5] Un ejemplo es relatado por Jorge Verástegui.

[6] Con el temor de ser reduccionista, conviene remitir a una revisión a profundidad en Centro Prodh, Poder Militar, segunda edición.

[7] Por ejemplo, véase Guillén, Alejandra, Mago Torres y Marcela Turati,  El país de las 2 mil fosas, Quinto Elemento Lab. Asimismo, Turati, Marcela y Efraín Tzuc, Un país rebasado por sus muertos, Quinto Elemento Lab.

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